Artículo 156 LGSS. Se entiende por desnivel de trabajo toda laceración corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.Las tareas que requieren gran exigencia intelectual provocan asma mental o nerviosa como consecuencia de una exigencia excesiva de la capacidad de atención, Descomposici�